Este año el Conjunto Residencial Roble realizará la reunión de la asamblea general ordinaria en modalidad presencial , el 26 de marzo, desde las 9am.
Este año volveremos a reunirnos en persona debido a que el conjunto debe analizar y tomar desiciones referente al mantenimiento de las fachadas del conjunto.
La Ley 675 indica :
ARTÍCULO 46. DECISIONES QUE EXIGEN MAYORÍA CALIFICADA. Como excepción a la norma general, las siguientes decisiones requerirán mayoría calificada del setenta por ciento (70%) de los coeficientes de copropiedad que integran el edificio o conjunto:
[...]
2. Imposición de expensas extraordinarias cuya cuantía total, durante la vigencia presupuestal, supere cuatro (4) veces el valor de las expensas necesarias mensuales.
3. Aprobación de expensas comunes diferentes de las necesarias.
[...]
PARÁGRAFO. Las decisiones previstas en este artículo no podrán tomarse en reuniones no presenciales, ni en reuniones de segunda convocatoria, salvo que en este último caso se obtenga la mayoría exigida por esta ley.
Debido a lo anterior, y teniendo en cuenta el costo de este tipo de mantenimientos la reunión será presencial.
Toda la información de la asamblea, documentos, registro, formato para dar poder de representación y demás información de la asamblea fue enviada a los correos electronicos de los propietarios y se encuentra disponible en la página web
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